11.9.09

IN - JUSTICIA

Si pensáramos en el título de este artículo observando al vocablo "in" segun la terminología de la lengua inglesa, podríamos pensar que este artículo se trata de algo que está dentro de la justicia.
Si por el contrario, con este vocablo aludiéramos a una partícula que en la lengua española indica, opuesto a la justicia, fuera de la justicia, estaríamos cometiendo un error.
El fallo del que trata el siguiente artículo periodístico, es algo que está dentro de la justicia que imparten jueces en nuestro país. Jueces de nuestro país, que están imbuidos en la aberración de un criterio jurídico "legal" fuera de todo sentido común, "in"-civilizado, "anti" ético, bestial y hasta criminal.

La IN-JUSTICIA en su total y pleno sentido (en la lengua española), está alojada en el corazón de la JUSTICIA, en el cuerpo jurídico y las normativas de nuestro país (espero que no en el espíritu de las leyes).

Si sucede que en la Justicia Dios esconde la INJUSTICIA, como en el Paraíso se oculta el Infierno "para que estemos atentos" segun dice Paulo Cohelo en algunos de sus libros, entonces nos estamos distrayendo mucho.

Se me ocurre pensar que si siguiera esta hipótesis y aquella que dice que en cada uno de nosotros habita Dios, ¿será entonces que oculto dentro de él también se aloja en nuestro interior su opuesto?. ¿Será por eso que podemos convertirnos en monstruos capaces de inimaginables atrocidades?.

Prefiero despojar mi criterio de toda apelación a un responsable supremo y devolver la libertad por la que tanto hizo Dios por nosotros segun las doctrinas muy a pesar de lo que varios religiosos intentan negar con su contradictoria actitud y enseñanzas.
Tampoco voy a analizar la temática desde la perspectiva de género. Ni tampoco de la corrupción a la que está expuesta nuestro sistema jurídico profundamente parcial y casi exclusivamente dedicado a perseguir, castigar y aislar a determinados estratos sociales frente a una ostentosa impunidad de otros.

Sólo quiero declarar que cada uno de nosotros es responsable de sus actos y en tanto individuo que comparte el espacio tiempo con otros de su "manada" (ni siquiera digo miembros de una comunidad), somos además responsables de rendir cuentas ante esos otros.
Espero que algunos de ellos no sólo exijamos esa rendición de cuentas, y no sólo el efectivo cumplimiento de los códigos que "la manada" ha establecido, sino la primacía del bien común y del sentido común. Tan comúnmente ausentes, tan criteriosamente manipulados.
Mientras no lo hagamos, no tendremos siquiera la posibilidad cierta de considerarnos mamíferos, pues el desarrollo social de estos animales, incluye un sistema (en muchos casos altamente complejo) de normas de convivencia, códigos de valores y sistemas de premios y castigos que toda la manada comparte y respeta.
La noticia que motivó esta introducción es un hecho judicial acaecido en Río Negro, Argentina, provincia que demoledoramente nos tiene acostumbrados más que otras a este tipo de aberración:


La asesinó de 75 puñaladas y recibió 5 años de cárcel

RÍO NEGRO - El tribunal le otorgó esa pena por entender que actuó de forma imprudente por estar alcoholizado. La querella había solicitado perpetua.

El mismo crimen que por su brutalidad dejó impactada a la provincia de Río Negro en febrero de 2008 volvió a hacerlo este año, pero esta vez por la condena. El hombre que asesinó y destrozó a una joven de 75 puñaladas y golpes con una mancuerna fue condenado a 5 años de cárcel.

El tribunal entendió que actuó de forma imprudente porque estaba alcoholizado.

El hombre, de la ciudad rionegrina de General Roca, recibió la pena máxima por el delito de "homicidio culposo", ya que los jueces entendieron que como bebió deliberadamente antes de concretar el crimen actuó de manera negligente y sin intención. El fiscal del debate, Eduardo Luis Rodríguez Trejo, que había solicitado una pena de 15 años por "homicidio simple" aseguró esta mañana a Télam que la pena "será recurrida ante Casación".

La querella, por su parte, había reclamado prisión perpetua por "homicidio calificado" y la defensa su absolución. El acusado, Ramón Orlando Sosa, de 32 años, había llegado a juicio oral acusado del homicidio de Laura Nahuelcar, ocurrido el 27 de febrero del 2008, y que murió como consecuencia de 75 heridas producidas en todo su cuerpo, entre puñaladas y golpes provocados con una mancuerna. Durante el juicio oral quedó establecido que Sosa estaba totalmente alcoholizado en el momento de haber concretado el crimen y, para los jueces Juan Rotter, María Evelina García y César López Meyer, esa conducta lo llevó a actuar de manera negligente. Rotter, acompañado por los otros magistrados, sostiene que "al haber sido consciente y voluntaria la ingesta alcohólica por parte de Sosa tal circunstancia constituye una negligencia".

Sin embargo, por otro lado, sostienen que no corresponde una pena mayor porque Sosa estaba en un "tercer grado" en la escala del test de alcoholemia la noche del crimen y en ese grado la persona sufre de "inconciencia plena", "sueño profundo", por lo que no es consciente de sus actos.

En reacción, el fiscal Rodríguez Trejo sugirió que "si partimos de ese análisis, que estableció que tenía 2,43 gramos de alcohol en sangre, cómo se explica que esta persona haya causado 75 heridas entre puñaladas y golpes de mancuernas, haya cruzado la calle hasta la casa del vecino para pedir ayuda, y se haya intentado suicidar -se quiso cortar las venas y antebrazos con un cuchillo-".

Juan Carlos Nahuelcar, padre de la joven asesinada, dijo que el fallo de la cámara "es injusto, porque no te puede dar la misma condena si robás una bicicleta que si matás". Además, dijo que no apelará la decisión judicial "porque nadie puede hacer que yo recupere a mi hija".

Publicado por Crítica de la Argentina - 11-09-09

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por abrazar la verdad